Contratos Multipropiedad Anterior A 1998
En realidad sería anterior a 1999, la ley de 1998 del 15 de diciembre entró en vigor el 5 de enero de 1999. La entrada en vigor de la ley 42/1998 del 15 de diciembre no tuvo mayor importancia más que una regulación estos productos vacacionales.
En el 2015 el Tribunal Supremo ha realizado una nueva lectura de esta ley de derecho de aprovechamiento por turno declarando nulo de pleno derecho la gran mayoría de contratos de semanas de multipropiedad.
Solo los contratos firmados por un periodo inferior a 50 años quedan dentro de la ley.
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La semana de tiempo compartido a perpetuidad y las semanas flotantes son las que en el año 2015 el Tribunal Supremo ha declarado nulas.
Por tanto, aquellos propietarios de semanas compradas anteriormente (multipropiedad anterior a 1998) no podrán ejercer ninguna acción judicial para anular el contrato o recuperar las cantidades. Para estas semanas sólo les queda el cambio de titularidad como forma de cancelar una semana de multipropiedad.
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NO, no se puede, además hay que tener cuidado con las estafas de la demanda anterior a la ley, que son inviables.
La multipropiedad anterior a 1998 es aquella que no hay ninguna posibilidad de cancelarla judicialmente, quedando como única opción el cambio de titularidad para una desvinculación segura.
El despacho encargado de realizar la desvinculación por cambio de titularidad de las semanas compradas anterior a la ley de 98 es Asesores y consultores asociados 2014 SL que ha habilitado un teléfono gratuito para los afectados de la multipropiedad. 900525939